La transformación digital implica repensar la forma en que las instituciones cumplen con su mandato y entregan sus productos y servicios a los ciudadanos, poniendo en el centro las necesidades de las personas por sobre las necesidades burocráticas institucionales. En la práctica, esto significa rediseñar los procesos utilizando herramientas como la tecnología, datos e innovación, para simplificar y facilitar a los ciudadanos el acceso a éstos.
“La transformación digital del gobierno es el cambio de cultura corporativa, modelo organizativo, métodos y procesos que aprovecha las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para que las instituciones públicas atiendan las necesidades de los ciudadanos y empresas de forma eficiente, transparente y segura. Se sobreentiende entonces que la transformación digital es más que crear aplicaciones y páginas web” .
En este contexto, la Secretaría de Gobierno Digital (SGD), bajo la coordinación de Modernización del Estado, de la Subsecretaría de Hacienda, es responsable de proponer al Ministro/a de Hacienda la Estrategia de Gobierno Digital y coordinar su implementación, velando por mantener un enfoque integrado de gobierno. Además, la Secretaría de Gobierno Digital es responsable de coordinar y asesorar intersectorialmente en el uso estratégico de tecnologías digitales, datos e información pública para mejorar la gestión de los órganos de la Administración del Estado y la entrega de servicios, así como desarrollar y operar plataformas y servicios compartidos.
En línea con lo anterior, dada la importancia de impulsar la transformación digital como parte integral de las estrategias de modernización del Estado, en 2025 se incorpora al Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) el nuevo Sistema de Transformación Digital, cuya finalidad es mejorar la entrega de servicios a las personas (naturales y jurídicas), instalando progresivamente los principios y estándares de gobierno digital en la gestión de las instituciones, disponiendo de un incentivo que permite alinear los esfuerzos en torno a un objetivo común.
El nuevo Sistema de Transformación Digital reemplaza el indicador de Transformación Digital (medido durante el periodo 2023-2024), continuando con el trabajo asociado a la implementación de la Ley de Transformación Digital, al que se suman nuevas dimensiones de trabajo en áreas estratégicas de la transformación digital. Este sistema busca que las instituciones desarrollen iniciativas que pongan en marcha el proceso de transformación digital, cerrando las principales brechas que impactan la entrega de servicios, en dimensiones priorizadas por la Secretaría de Gobierno Digital.
Brindar a las instituciones contexto sobre el nuevo Sistema de Transformación Digital, orientado a instalar progresivamente los principios y estándares de gobierno digital en la gestión de las instituciones, para mejorar la calidad de los servicios entregados a las personas.
Describir por etapa y objetivo, el alcance y los medios de verificación asociados a los requisitos técnicos del Sistema de Transformación Digital.
Dar a conocer el plan de trabajo para el periodo 2025, para apoyar la medición del Sistema de Transformación Digital.
A los equipos institucionales vinculados a la medición del Sistema de Transformación Digital, integrantes del Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, Coordinadores o Coordinadoras de Transformación Digital, encargados/as del PMG-MEI, equipos responsables de las TIC, representantes ministeriales, entre otros colaboradores de áreas estratégicas.
Es necesario destacar que las orientaciones de esta guía metodológica establecen mínimos exigibles para dar cumplimiento a las etapas, objetivos y requisitos técnicos del Sistema de Transformación Digital. En este contexto, la invitación es a aprovechar la implementación del Sistema de Transformación Digital para poner en marcha y/o consolidar el proceso de transformación digital en sus respectivas instituciones.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto Exento Nº 432, del Ministerio de Hacienda, el objetivo del Sistema de Transformación Digital es instalar progresivamente los principios y estándares de gobierno digital en la gestión de las instituciones, para mejorar la calidad de los servicios entregados a las personas (naturales y jurídicas) por el Estado.
Para este propósito, se entenderá que los principios de gobierno digital que se buscan instalar se desprenden de las siguientes dimensiones:
En síntesis, el principio “digital por diseño” alude a cómo las organizaciones utilizan las tecnologías digitales, datos e innovación para repensar y rediseñar los procesos públicos, simplificar los procedimientos, reimaginar los servicios públicos desde el entendimiento de las necesidades y requerimientos de las personas.
En síntesis, el principio “impulsado por los datos” alude a cómo las organizaciones valoran los datos como un activo estratégico para su gestión, la toma de decisiones y entrega de servicios, para lo cual establecen los mecanismos de gobernanza, acceso, intercambio y reutilización de sus datos para generar valor público.
En síntesis, el principio “Estado como plataforma” se orienta al despliegue de un amplio rango de guías y soluciones, de forma clara y transparente, para que los equipos institucionales entreguen servicios centrados en el usuario, consistentes, ininterrumpidos, integrados, proactivos e intersectoriales. Un ejemplo de ello corresponde al uso de servicios compartidos diseñados para ofrecer soluciones comunes a problemas comunes, y que en conjunto apuntan a generar un ecosistema integral para proveer servicios de calidad a las personas.
Bajo un enfoque abierto por defecto también se impulsa que los funcionarios públicos interactúen más allá de su propia esfera, generando vínculos y oportunidades de aprendizaje entre pares, siendo esencial para romper la lógica de silos organizacionales y ofrecer soluciones integrales que respondan de forma holística a los problemas actuales.
En síntesis, el principio “Abierto por defecto” se refiere a apertura en un sentido amplio, mucho más allá de la publicación de datos gubernamentales en formato abierto. Mide los esfuerzos dirigidos a impulsar el uso de tecnologías y datos para comprometer y comunicarse con todos los actores, sean éstos del sector público y/o privado, en la elaboración de políticas públicas y el diseño de servicios.
En síntesis, el principio “Centrado en el usuario” alude a la capacidad de las instituciones para colocar al usuario y sus necesidades en el centro del diseño y entrega de políticas públicas y servicios.
En síntesis, este principio alude a la capacidad de las instituciones para anticipar las necesidades de sus usuarios para una entrega de servicios proactiva, por ejemplo, sin necesariamente esperar una solicitud, para entregar un beneficio a quien se sabe lo requiere.
En complemento, se entenderá que los estándares de gobierno digital que se buscan instalar con el Sistema de Transformación Digital se desprenden de la implementación de la Ley 21.180, sobre Transformación Digital del Estado, que impulsa que el ciclo completo de los procedimientos administrativos de todos los órganos de la Administración del Estado sujetos a Ley 19.880, de Bases de Procedimiento Administrativo, se realicen en formato electrónico, en particular:
Complementario a los estándares descritos, el Sistema de Transformación Digital también busca reforzar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1, que aprueba la Norma Técnica sobre sistemas y sitios web de los Órganos de la Administración del Estado (2015), normativa en proceso de actualización.
Finalmente, de la mano del Sistema de Transformación Digital, instalar estos principios y estándares en la gestión pública permite construir servicios públicos coherentes con las expectativas de las personas, aprovechando para ello los datos, la innovación y las tecnologías digitales disponibles.
Etapa | Objetivo(s) |
Etapa 1 (E1) |
Objetivo 1 (O1): Poner en funcionamiento una estructura de gobernanza para la implementación del Sistema de Transformación Digital. Incluye 1 requisito técnico. |
Objetivo 2 (O2): Efectuar un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital. Incluye 4 requisitos técnicos. |
|
Etapa 2 (E2) |
Objetivo 1 (O1): Elaborar y difundir el Plan de transformación digital Institucional. Incluye 3 requisitos técnicos. |
Etapa 3 (E3) |
Objetivo 1 (O1): Implementar el plan de transformación digital y difundir las iniciativas. Incluye 2 requisitos técnicos. |
Etapa 4 (E4) |
Objetivo 1 (O1): Evaluar el mejoramiento en la entrega de servicios a las personas, de acuerdo a los principios y estándares de gobierno digital, mediante los resultados de la implementación del plan de transformación digital. Incluye 2 requisitos técnicos. |
Tabla 1: Etapas y objetivos del Sistema de Transformación Digital
En las siguientes secciones se profundizará exclusivamente en las etapas que efectuarán las instituciones durante 2025, es decir, la etapa 1 y la etapa 2, según corresponda a cada caso. Las etapas restantes no serán abordadas en este documento.
En adelante, se detalla por etapa (E) y objetivo (O) el alcance de los requisitos técnicos (RT), con sus correspondientes medios de verificación. Para guiar al lector, en cada título se indica entre paréntesis la etapa (por ejemplo E1, que corresponde a la Etapa 1), el objetivo (por ejemplo O1, que corresponde al Objetivo N°1) y el requisito técnico (por ejemplo RT1, que corresponde al Requisito Técnico N°1).
La primera etapa del Sistema de Transformación Digital se concentra en conformar una estructura de gobernanza que oriente y facilite la implementación de este sistema (Objetivo 1), y en efectuar un diagnóstico institucional en dimensiones estratégicas de la transformación digital (Objetivo 2).
Objetivo 1: Poner en funcionamiento una estructura de gobernanza para la implementación del Sistema de Transformación Digital |
|
Requisito técnico N°1 |
Medio(s) de verificación |
La institución deberá conformar una estructura de gobernanza, formalizada mediante resolución de la jefatura de servicio, según corresponda a su caso: a) Para los Servicios que forman parte del Sistema de Calidad de Servicio y Experiencia Usuaria, se utilizará el comité existente para la implementación del Sistema de Transformación Digital, constituyéndose en adelante el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital. Este Comité deberá incluir al menos los siguientes integrantes, de distintos niveles jerárquicos:
b) Para los Servicios que no forman parte del Sistema de Calidad de Servicio y Experiencia Usuaria, se creará el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, incluyendo al menos los perfiles descritos previamente, de los distintos niveles jerárquicos (Decreto Exento Nº 432 del Ministerio de Hacienda). |
Resolución que constituye el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital. Esta Resolución permite verificar los siguientes aspectos:
|
Del requisito técnico descrito previamente, se desprende que las instituciones deben dar cumplimiento a 3 aspectos, detallados a continuación:
Este Comité corresponde a la estructura de gobernanza para la implementación del Sistema de Transformación Digital, con participación en todas las etapas y en el cumplimiento de todos los objetivos y requisitos técnicos. Se espera que el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital efectúe al menos las siguientes funciones en el contexto del Sistema de Transformación Digital:
Para los Servicios que forman parte del Sistema de Calidad de Servicio y Experiencia Usuaria, se utilizará el comité existente para la implementación del Sistema de Transformación Digital, constituyéndose en adelante como el “Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital”. Para dar cumplimiento a lo anterior, se deberá modificar la Resolución existente para agregar los perfiles mínimos requeridos, detallados en el punto a continuación. Para los Servicios que no forman parte del Sistema de Calidad de Servicio y Experiencia Usuaria, deberán crear mediante Resolución el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital.
En caso de existir otros Comités en la institución asociados a temas de transformación digital (por ejemplo Comité de Transformación Digital, Innovación, Ciberseguridad, entre otros), la recomendación es unificar estas funciones en un único Comité, que permita asegurar la continuidad de estas prioridades, y permita dar cumplimiento a este requisito técnico.
El Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, como estructura de gobernanza para la implementación del Sistema de Transformación Digital, se encuentra integrado por personas de formación multidisciplinaria y de distintos niveles jerárquicos, que en conjunto tendrán un rol asesor de la Jefatura de Servicio en diversos ámbitos del proceso de transformación digital.
De acuerdo con lo señalado en este requisito técnico, el Comité incluye como mínimo los siguientes integrantes, de distintos niveles jerárquicos, sin perjuicio de que podrá convocar a otros actores relevantes o estratégicos:
“El rol del Coordinador de Transformación Digital (CTD) surge a partir del Instructivo Presidencial de Transformación Digital como la contraparte encargada de mantener una comunicación directa, fluida y permanente con Gobierno Digital. En el contexto de la implementación de la Ley de Transformación Digital, este rol adquiere relevancia comunicando internamente los hitos asociados a este proceso, informando periódicamente a Gobierno Digital los avances alcanzados por su institución en cada fase de la ley y colaborando en la implementación de plataformas transversales”.
En el Comité podrán participar las personas que trabajan en la institución, independiente de su modalidad de contratación. No obstante, para cumplir el estándar mínimo establecido en los requisitos técnicos, sólo se considerarán las personas funcionarias. Es decir, los/as representantes de distintos niveles jerárquicos deben ser personas funcionarias de la institución. Cada institución debe verificar la definición de persona funcionaria que aplique a su caso:
La institución podrá determinar el mecanismo que estime pertinente para el nombramiento de los integrantes del Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital (votación, cargo voluntario, designación u otros mecanismos). Además de definir tal mecanismo de nombramiento, deberá definir períodos de duración de cada integrante y mecanismos de reemplazo (sea por término de período u otra causa).
El Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital deberá ser formalizado durante 2025 mediante Resolución de la Jefatura de servicio, o mediante un instrumento normativo de igual jerarquía.
La Resolución (o el instrumento normativo equivalente) que formaliza el Comité debe detallar el nombre, cargo en la institución, área a la que pertenece, nivel jerárquico, rol dentro del Comité (Coordinador/a de Transformación Digital, representante de la Jefatura de Tecnologías de la Información, representante de las áreas que interactúan directamente con los usuarios/as, o representante de las áreas operativas y de apoyo), por cada uno de los integrantes, así como las funciones del Comité.
Recomendaciones para el buen funcionamiento del Comité:
Objetivo 2: Efectuar un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital |
|
Requisito técnico N°1 |
Medio(s) de verificación |
La institución realiza un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de la transformación digital, indicadas en los numerales 2, 3 y 4 siguientes, ajustándose a los lineamientos provistos por la Red de Expertos(as), quienes deberán emitir una opinión técnica sobre la completitud, medio de envío y oportunidad de la información (Decreto Exento Nº 432 del Ministerio de Hacienda). |
|
Del requisito técnico descrito previamente, se desprende que las instituciones deben dar cumplimiento a 3 aspectos, detallados a continuación:
El diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital es el resultado de la aplicación de 3 instrumentos de diagnóstico indicados en los requisitos técnicos siguientes. La institución no debe generar un documento adicional, de la aplicación de cada instrumento se genera automáticamente el diagnóstico institucional para la dimensión que corresponda (procedimientos administrativos y tramitaciones electrónicas, calidad web y gestión de datos).
En este contexto, constituyen lineamientos de esta Red de Expertos/as que el diagnóstico institucional sea efectuado bajo la Coordinación del Comité de Transformación Digital. Los instrumentos de diagnóstico provistos por la Secretaría de Gobierno Digital se diseñaron para ser aplicados por equipos multidisciplinarios, no siendo una responsabilidad exclusiva de el/la Coordinador/a de Transformación Digital o de la Jefatura de Tecnología, sino una responsabilidad compartida entre las y los integrantes del Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, que pueden aportar desde su función institucional, su formación y/o su experiencia profesional.
En representación del Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, en cada instrumento de diagnóstico se individualiza el nombre de una persona responsable de la aplicación del instrumento, la que podrá ser integrante permanente del Comité, o podrá ser convocada como invitada, en calidad de experta en la temática en específico. En este último caso, el Comité deberá dejar registro del rol de esta persona mediante las actas.
En este contexto, la Red de Gobierno Digital revisará la información enviada por las instituciones en el “Hito de retroalimentación N°2” y emitirá una opinión sobre los siguientes aspectos:
Completitud: Para efectuar el diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de la transformación digital, cada institución deberá dar respuesta íntegra a todas las preguntas de cada instrumento, utilizando exclusivamente las alternativas de respuesta indicadas en cada instrumento, sin dejar preguntas en blanco o sin respuesta. Cuando corresponda, se podrá utilizar la denominación “No aplica” para dar respuesta.
Para emitir una opinión técnica favorable sobre la “completitud”, los 3 instrumentos de diagnóstico deberán ser contestados completamente. La completitud de los instrumentos de diagnóstico es condición indispensable para tener una visión integral de las brechas de la institución, en las dimensiones establecidas en los requisitos técnicos 2, 3 y 4 del objetivo 2 de la Etapa 1.
Medio de envío: Para efectuar el diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de la transformación digital, cada institución deberá utilizar los instrumentos de diagnóstico provistos por la Red de Gobierno Digital, descritos en los requisitos técnicos 2, 3 y 4 del Objetivo 2 de la Etapa 1, también individualizados en el cuadro a continuación, y utilizar el medio de envío indicado para ello.
OBJ |
RT |
Dimensión de análisis |
Instrumento |
Medio de envío |
02 |
2 |
Procedimientos administrativos y otras tramitaciones electrónicas |
Catálogo de Procedimientos Administrativos y Tramitaciones (CPAT) | Plataforma disponible en el sitio https://www.cpat.gob.cl/ |
O2 |
3 |
Calidad web |
Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales |
Documento en línea (se disponibiliza a las instituciones posterior capacitación). |
O2 |
4 |
Gestión de datos | Marco de Referencia de Gestión de Datos del Estado | Formulario en línea (se disponibiliza a las instituciones posterior capacitación). Preguntas disponibles en Anexo N°2 |
Para emitir una opinión técnica favorable sobre el “medio de envío” los 3 instrumentos de diagnóstico deberán utilizar el medio de envío indicado para ello (uso de plataforma, documento en línea o formulario en línea, según corresponda). No se aceptarán respuestas por otros medios diferentes a los indicados en este punto.
Oportunidad: El diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de la transformación digital deberá ser aplicado dentro de los plazos establecidos en el Plan de trabajo 2025, permitiendo que esta Red de Expertos les brinde una opinión técnica que les permita subsanar observaciones a tiempo, previo a continuar con el desarrollo de la etapa siguiente.
En este contexto, los 3 instrumentos de diagnóstico deberán ser aplicados y enviados a la Red de Gobierno Digital con plazo máximo el 30 de junio, como parte del Hito de retroalimentación N°2.
Objetivo 2: Efectuar un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital | |
Requisito técnico N°2 |
Medio(s) de verificación |
En la dimensión de procedimientos administrativos y otras tramitaciones electrónicas, la institución aplica el instrumento “Catálogo de Procedimientos Administrativos y otras Tramitaciones (CPAT)”, cuyo objetivo es identificar todos los procedimientos administrativos y otras tramitaciones para caracterizar a sus usuarios, el servicio entregado a las personas, y monitorear el avance al soporte electrónico, el cual considerará:
|
|
En el marco de la implementación de la Ley de Transformación Digital y sus normas técnicas, cuyo mandato establece que todos los procedimientos administrativos deberán ser electrónicos al año 2026 en el caso de las instituciones del gobierno central, y a 2027 en el caso de los gobiernos regionales y las municipalidades, el Catálogo de Procedimientos Administrativos y otras Tramitaciones (CPAT) constituye la herramienta oficial de identificación y caracterización de los procedimientos administrativos y otras tramitaciones del Estado, que permite dar seguimiento al cumplimiento de la Ley de Transformación Digital, y proveer información estratégica para la toma de decisiones en la materia.
Como instrumento de diagnóstico para efectos del Sistema de Transformación Digital, el CPAT permite conocer el universo de procedimientos administrativos y otras tramitaciones que efectúan las instituciones y sus principales características, información que permite identificar el avance de éstos al soporte electrónico. En este contexto se entenderá que la unidad de medida sobre la cual trabaja este instrumento corresponde a:
Funcionalmente, el procedimiento administrativo podrá ser:
a) Procedimiento administrativo de función común: se desprende de funciones comunes o transversales a las instituciones, usualmente asociadas a la gestión interna, como por ejemplo: compras públicas, gestión de personas, formulación y ejecución presupuestaria, auditorías, entre otros.
b) Procedimiento administrativo de función específica: se desprende de funciones propias y específicas de las instituciones, que varían entre ellas dado que derivan del cumplimiento de su mandato institucional. Este subconjunto abarca aquello que es más representativo del quehacer de la institución de cara a sus usuarios/as externos/as, y considera las acciones que realiza la institución para que los usuarios/as, personas naturales y/o jurídicas, accedan a sus productos y servicios institucionales.
Tomando como referencia lo establecido en la Ley 19.880 y las 6 Normas Técnicas, detalladas en los estándares de gobierno digital que se busca instalar con el Sistema de Transformación Digital, el soporte electrónico considera el cumplimiento de un conjunto de condiciones que se desprenden de la implementación de la Ley de Transformación Digital. Es necesario recordar que el mandato de la Ley de Transformación Digital establece que todos los procedimientos administrativos deberán ser electrónicos al año 2026 en el caso de las instituciones del gobierno central, y a 2027 en el caso de los gobiernos regionales y las municipalidades. Esto significa que las instituciones deberán incorporar en sus procedimientos administrativos los siguientes estándares:
Corresponden a mecanismos oficiales de autenticación la ClaveÚnica, de uso exclusivo para personas naturales, basado en el estándar OpenID Connect, cuyo Factor de Autenticación es una contraseña creada y administrada por la persona, vinculada a su rol único nacional (RUN), y la Clave Tributaria, de uso exclusivo para personas jurídicas o entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica que actúen en su calidad de agrupación, cuyo Factor de Autenticación consiste en una contraseña entregada por el Servicio de Impuestos Internos a los(as) contribuyentes.
Siguiendo lo anterior, de acuerdo a lo descrito en la Norma Técnica de Interoperabilidad, interoperar corresponde a cualquier operación que permita a dos órganos de la Administración del Estado, conectados directamente entre sí por medio de una pieza de software denominada nodo, intercambiar o transmitir datos, documentos o expedientes electrónicos. De acuerdo a esta norma técnica, para dar cumplimiento a lo previsto en ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, se utilizará la red de interoperabilidad con los estándares de trazabilidad obligatoria y de interconexión comunes que se describen en esta norma técnica. La red de interoperabilidad consiste en un conjunto de conexiones directas y seguras a través de internet, en base a nodos de interoperabilidad alojados en la infraestructura informática de los órganos de la Administración del Estado, quienes, actuando como proveedores y/o consumidores a través de plataformas electrónicas, permiten el intercambio y la transmisión de datos, documentos y expedientes electrónicos.
Continuando con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 19.880 y en la Norma Técnica de Notificaciones, las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, utilizando para ello la Plataforma de Notificaciones.
En tanto, de acuerdo a lo descrito en la Norma Técnica de Calidad y Funcionamiento de las plataformas electrónicas que sustentan procedimientos administrativos, una plataforma electrónica corresponde a un software o conjunto de software, datos e infraestructura tecnológica que sustenta procesos o procedimientos.
En tanto, de acuerdo a lo descrito en la Norma Técnica de documentos y expedientes electrónicos para la gestión de procedimientos administrativos, un expediente electrónico corresponde a una unidad documental individualizada por medio de un identificador único, funcionalmente estructurado por el conjunto de índices, documentos electrónicos, metadatos y registros, que es generada por un órgano de la Administración del Estado a través de una plataforma electrónica, para el registro de sus expedientes administrativos en soporte electrónico.
De acuerdo a lo descrito en la Norma Técnica de documentos y expedientes electrónicos para la gestión de procedimientos administrativos, una comunicación oficial corresponde al mensaje entre órganos de la Administración del Estado, suscrito por el la Jefatura Superior de Servicio o quien tenga facultades delegadas para la representación del órgano, emitido o recibido a través de un medio electrónico de carácter formal que asegure la integridad y registro de dicha comunicación.
El CPAT se encuentra disponible en el sitio https://cpat.gob.cl/ y podrá ser actualizado periódicamente por el Coordinador o la Coordinadora de Transformación Digital y los editores habilitados en plataforma, en las fechas establecidas en el plan de trabajo.
Se entenderá que el instrumento ha sido aplicado por la institución cuando se informen los siguientes contenidos:
La transacción siempre se contabiliza en el mes en el cuál finaliza (por ejemplo, enero 2025), indistintamente de cuando inicia (por ejemplo, 2024 o en años anteriores). La transacción siempre se informa por canal transaccional, el que corresponde al medio que permite tramitar el procedimiento administrativo o tramitación de inicio a fin. El canal transaccional será informado por la propia institución, quien podrá seleccionar para cada caso una o más de las opciones descritas a continuación:
Para informar sus transacciones, las instituciones podrán utilizar los siguientes valores:
Es importante destacar que todas las preguntas de caracterización que se desplegarán en la plataforma del CPAT se encuentran disponibles en el siguiente material de trabajo Plantilla guía CPAT.
Complementariamente, en los documentos Guía rápida del CPAT y Manual de usuario/a del CPAT podrá encontrar toda la información necesaria para utilizar la plataforma del CPAT, describiendo los conceptos claves, principales funcionalidades y el paso a paso para utilizar todos los recursos, herramientas y módulos de trabajo de la plataforma.
Objetivo 2: Efectuar un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital | |
Requisito técnico N°3 |
Medio(s) de verificación |
En la dimensión de calidad web, la institución aplicará el instrumento “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales” en el sitio web institucional principal y en el servicio digital más demandado, selección que deberá contar con la opinión técnica favorable de la Red de Expertos(as) (Decreto Exento Nº 432 del Ministerio de Hacienda). |
|
En el marco de los principios de gobierno digital “Centrado en el usuario” y “Proactivo”, se espera que las organizaciones posicionen a las personas en el centro del proceso de transformación digital, y se adelanten a sus necesidades, brindando servicios más simples, intuitivos, integrados, accesibles y personalizados.
En línea con la Agenda de Modernización del Estado 2022 – 2026 desarrollada por el Ministerio de Hacienda, la iniciativa transversal “Plataforma integrada de servicios públicos integrales”, incluye la implementación de un modelo de evaluación de la calidad web de los sitios web y los servicios digitales en base a la normativa vigente y estándares internacionales, el cual se plasma en el instrumento de diagnóstico “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales”. Para estos efectos, se entenderá que la unidad de medida sobre la cual corresponde aplicar este instrumento es:
Será responsabilidad de cada institución individualizar 1 sitio web y 1 servicio digital que cumpla con las características descritas previamente y enviar esta propuesta a la Red de Expertos/as, en las fechas indicadas en Plan de trabajo 2025 (ver Hito de retroalimentación N°1).
El instrumento “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales” varía si corresponde a un sitio web o a un servicio digital, entendiendo que las características de éstos exigen una evaluación diferenciada. Por ello, es esencial que previa aplicación se defina claramente la unidad de medida, es decir, si el instrumento será aplicado en un sitio web o en un servicio digital. Conoce aquí el instrumento “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales”.
Un ejemplo de esta estructura se presenta a continuación:
Ejemplo Pregunta: ¿Al navegar con el teclado con la tecla "Tab" se respeta el orden de izquierda a derecha, de arriba hacia abajo?
Respuesta:
Para cada pregunta de chequeo, la institución deberá responder utilizando las alternativas de respuesta “Cumple” o “No cumple”, según corresponda. Para algunas preguntas (no para todas) existe la opción de marcar “No aplica”, cuando por la naturaleza del sitio web o servicio digital, no exista la condición consultada.
Pregunta (s) de chequeo: |
Respuesta |
P1: ¿Al navegar con el teclado con la tecla "Tab" se respeta el orden de izquierda a derecha, de arriba hacia abajo? |
Cumple |
P2: ¿Es posible una navegación mediante el teclado fluida y sin saltarse ninguna información? |
Cumple |
P3: ¿Es posible navegar con el teclado sin una determinada velocidad de pulsación? Por ejemplo: si se navega el sitio con la tecla "Tab" y la persona usuaria se detiene por más de 10 segundos para luego retomar la navegación, no debe empezar toda la navegación desde el inicio, sino que se mantiene donde había quedado. |
No cumple |
A medida que la institución contesta, el instrumento automáticamente asignará un puntaje según el cumplimiento informado en cada pregunta de chequeo. En el caso de marcar “N/A”, la pregunta no participa del cálculo del puntaje. El puntaje se asignará utilizando la siguiente escala de cumplimiento:
En el ejemplo descrito previamente, la institución informa que cumple con 2 de las 3 preguntas que componen el indicador de “Navegación por teclado”. Con la información proporcionada, el instrumento le asignará 2 puntos, que siguiendo la escala de cumplimiento indica que el 50% o más de las respuestas son afirmativas.
En síntesis, la aplicación del instrumento consiste en dar respuesta a todas las preguntas de chequeo de todos los indicadores y dimensiones. Es importante tener a la vista que no se deben dejar preguntas sin respuesta (es decir, “No respondida”), dado que la completitud del instrumento es uno de los criterios de cumplimiento necesarios para obtener la opinión técnica de la Red de Expertas/os Gobierno Digital.
Este instrumento tiene un alcance general y fue construido para ser utilizado por instituciones de diversa naturaleza. Por ello, se privilegió un enfoque funcional, es decir, que las instituciones pudieran verificar, revisando el sitio web institucional y el servicio digital más demandado, el cumplimiento de indicadores técnicos definidos en base a diversos estándares internacionales en materia de entrega y despliegue de servicios digitales. Este instrumento puede ser aplicado por los propios responsables del sitio web institucional y/o servicios digitales, sin necesidad de contratar un perfil experto a la institución.
Reforzar que lo requerido en esta etapa es aplicar el instrumento, indistintamente del resultado obtenido en este diagnóstico. Por lo anterior, la recomendación es que se aplique el instrumento considerando la realidad institucional actual y no una proyección de lo que se espera alcanzar a futuro.
Se debe considerar que este diagnóstico tiene una lógica de mejora continua. Una vez que la institución aplique el instrumento podrá visualizar por dimensión qué aspectos cumple y qué aspectos no cumple. Cada dimensión cuenta con 3 niveles de prioridad:
Para profundizar en el uso de este instrumento de diagnóstico, revisa el documento Guía de uso del Instrumento de evaluación de calidad en sitios webs y servicios digitales del Estado, que revisa de forma práctica los principales conceptos, dimensiones, respuestas e instrucciones de uso para dar respuesta a este instrumento.
Objetivo 2: Efectuar un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital | |
Requisito técnico N°4 |
Medio(s) de verificación |
En la dimensión gestión de datos, la institución aplicará el instrumento “Marco de Referencia de Gestión de Datos del Estado", cuyo objetivo es evaluar las capacidades institucionales para hacer un uso estratégico de los datos (Decreto Exento Nº 432 del Ministerio de Hacienda). |
|
En el marco de los principios de gobierno digital “Impulsado por los datos”, y “Abierto por defecto”, se espera que las organizaciones valoren los datos como un activo estratégico y establezcan mecanismos de gobernanza, acceso, intercambio y reutilización para mejorar la toma de decisiones y particularmente la prestación de servicios a las personas. En este proceso, se espera que adopten un enfoque proactivo, centrado en la apertura, la colaboración y la innovación, poniendo a disposición de todos los actores los datos disponibles, es decir, siendo abiertos por defecto.
En este contexto, los datos pasan a ser un activo de la organización y como tal, deben gestionarse. Para promover este enfoque, la Secretaría de Gobierno Digital construyó el instrumento de diagnóstico “Marco de Referencia de Gestión de Datos del Estado (MGDE)”, que representa una adaptación nacional del Marco de referencia DAMA, marco de referencia global para la gestión de datos documentado en el DAMA Management Body of Knowledge (DMBoK).
Así, el Marco de Referencia de Gestión de Datos del Estado (MGDE) recoge principios orientadores y buenas prácticas para generar una herramienta de diagnóstico que permite a las instituciones conocer el nivel de madurez de sus prácticas institucionales en materia de gestión de datos. Al aplicar este instrumento de diagnóstico, las instituciones no sólo podrán determinar su estado actual, sino que también podrán definir el nivel de madurez que necesitan y desean alcanzar a mediano y largo plazo, contando con una hoja de ruta que les permita cumplir con este objetivo.
El “Marco de Referencia de Gestión de Datos del Estado” se compone de 12 dimensiones, como se aprecia en la imagen a continuación. Cada dimensión está subdividida en criterios, que se operativizan en preguntas orientadas a guiar el proceso de aplicación del instrumento. Descarga aquí un ejemplo del instrumento “Marco de Referencia de Gestión de Datos del Estado.
Un ejemplo de esta estructura se presenta a continuación:
Criterio: Visión
Pregunta: ¿Existe un compromiso directivo formal y efectivo con la gestión y gobernanza de datos como elementos que aportan valor público?
Puntajes:
Siguiendo esta estructura, cuando la institución ingrese una respuesta, el instrumento asignará automáticamente un puntaje, que corresponde a uno de los niveles de madurez descritos a continuación. Por regla general, para cada pregunta la institución tendrá 4 alternativas de respuesta predefinidas. como se aprecia en este ejemplo:
Alternativas |
Puntaje |
Nivel |
Alternativa 1 |
0 puntos |
Insuficiente |
Alternativa 2 |
2 puntos |
Básico |
Alternativa 3 |
4 puntos |
Medio |
Alternativa 4 |
6 puntos |
Avanzado |
Destacar que en las preguntas de respuesta dicotómica, se asignará los puntajes extremos (insuficiente o avanzado). Siguiendo el ejemplo anterior:
Pregunta: ¿Existe un compromiso directivo formal y efectivo con la gestión y gobernanza de datos como elementos que aportan valor público?
Alternativas |
Puntaje |
Nivel |
No |
0 puntos |
Insuficiente |
Sí |
6 puntos |
Avanzado |
Destacar que cada dimensión cuenta con 4 niveles de madurez: nivel insuficiente, nivel básico, nivel medio o nivel avanzado. Sin embargo, el objetivo de esta etapa de diagnóstico institucional no es alcanzar determinado nivel de cumplimiento, sino que aplicar el instrumento para conocer el nivel de madurez de sus prácticas institucionales en materia de gestión de datos. Por lo anterior, la recomendación es aplicar el instrumento considerando la realidad institucional actual, y no una proyección de lo que se espera alcanzar a futuro.
Este diagnóstico tiene una lógica de mejora continua. Una vez que la institución aplique el instrumento y conozca sus resultados en las diversas dimensiones, se espera que comience a implementar acciones correctivas para alcanzar el nivel más bajo, avanzando gradualmente hasta el nivel deseado por la institución.
Para profundizar en el uso de este instrumento de diagnóstico, revisa el siguiente sitio https://digital.gob.cl/biblioteca/guias/
La segunda etapa del Sistema de Transformación Digital se concentra en la utilización del diagnóstico institucional generado en la Etapa 1 para la elaboración de un Plan de Transformación Digital capaz de responder a las brechas detectadas, planificación que se difunde en la institución (Objetivo 1).
Objetivo 1: Elaborar y difundir el Plan de Transformación Digital Institucional | |
Requisitos técnico N°1 |
Medio(s) de verificación |
La institución elabora un plan de transformación digital que aborde las brechas del diagnóstico prioritarias en materia de procedimientos administrativos y otras tramitaciones electrónicas, calidad web, gestión de datos, incorporando el enfoque integrado de gobierno basado en la integración de servicios, según los lineamientos de la Secretaría de Gobierno Digital. El plan deberá contar con la opinión técnica favorable de la Red de Expertos (as) en términos de completitud y coherencia, y ser aprobado por la jefatura de servicio mediante resolución (Decreto Exento Nº 432 del Ministerio de Hacienda). |
|
Del requisito técnico descrito previamente se desprende que las instituciones deben dar cumplimiento a 4 aspectos, detallados a continuación:
Para elaborar el Plan de Transformación Digital es condición necesaria que la institución haya realizado el diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital, utilizando para ello los instrumentos de diagnóstico provistos por la Red de Expertas/os de Gobierno Digital en las dimensiones de: i) procedimientos administrativos y otras tramitaciones electrónicas, ii) calidad web y iii) gestión de datos.
Con los resultados de este diagnóstico a la vista, que probablemente evidencie brechas de diversa naturaleza, es necesario que el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital se reúna para revisar los resultados y evaluar cursos de acción. En este contexto, es posible que la institución visualice que puede abordar todas las brechas de su diagnóstico, sin embargo, cuando ésto no sea posible, deberá evaluar y definir aquellas que sean prioritarias.
Para efectuar esta priorización, se recomienda considerar que:
El artículo 1 de la Ley 21.658, establece que "A contar del 1 de marzo de 2024, créase la Secretaría de Gobierno Digital en la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda, en adelante, Subsecretaría de Hacienda. A ella le corresponderá proponer al Ministro o Ministra de Hacienda la Estrategia de Gobierno Digital y coordinar su implementación, velando por mantener un enfoque integrado de gobierno".
En este contexto, se entenderá que el enfoque integrado de gobierno basado en la integración de servicios apunta a:
En este contexto, la Red de Expertas/os de Gobierno Digital revisará la información enviada por las instituciones en el Hito 3 detallado en el punto VI. Plan de Trabajo 2025 y emitirá una opinión técnica sobre los siguientes aspectos:
Una vez que la institución obtenga la opinión técnica favorable de la Red de Expertas/os de Gobierno Digital, se recomienda que el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital presente el Plan de Transformación Digital a la Jefatura de servicio, para ser formalizado durante el año 2025 mediante Resolución o un instrumento normativo equivalente, de la máxima autoridad institucional.
Objetivo 1: Elaborar y difundir el Plan de Transformación Digital Institucional | |
Requisitos técnico N°2 |
Medio(s) de verificación |
El plan de transformación digital se diseñará con un horizonte de trabajo de al menos 3 años, el que deberá actualizarse si corresponde y considerará al menos los siguientes contenidos:
|
|
Del requisito técnico descrito previamente se desprende que las instituciones deben dar cumplimiento a 2 aspectos, detallados a continuación:
El Plan de Transformación Digital se compone de diversas iniciativas de transformación digital, que por sus requerimientos o naturaleza, podrían requerir meses o años para su implementación. En este sentido, este plan se debe elaborar considerando un horizonte de trabajo de al menos 3 años (2026, 2027, 2028), sin perjuicio de que podrá incorporar iniciativas con un horizonte de trabajo superior. Indistintamente del horizonte de trabajo escogido, anualmente se debe alinear con el proceso de EVALTIC, requisito necesario para solicitar los recursos requeridos para su implementación.
Si bien el Plan de Transformación Digital tendrá un horizonte de trabajo de al menos 3 años, los plazos de implementación de la Ley de Transformación Digital se mantienen de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.464 que modifica a la Ley 21.180, por tanto, el total cumplimiento de este mandato se encuentra planificado para 2026 en el caso de las instituciones del grupo A (gobierno central), y 2027 para las instituciones del grupo B y C (gobiernos regionales y municipalidades). Por lo anterior, se espera que las instituciones prioricen la implementación de las iniciativas que les permitan dar cumplimiento a la Ley de Transformación Digital en los plazos dispuestos por dicha normativa.
En el siguiente cuadro se describen los contenidos mínimos del Plan de Transformación Digital, que deben incorporarse obligatoriamente para dar cumplimiento a los requisitos técnicos 1 y 2 de la Etapa 2.
Como se menciona en el requisito técnico, las iniciativas de transformación digital deben estar alineadas con el proceso EVALTIC. Para facilitar este aspecto, el cuadro a continuación incorpora la columna “Formulario EVALTIC”, indicando los contenidos que son requeridos por proceso de Evaluación de Inversiones Tecnológicas (Evaltic).
Para aquellas instituciones que incorporarán en su Plan de Transformación Digital iniciativas que ya fueron presentadas en el proceso de EVALTIC de años anteriores, el contenido desarrollado para estos efectos podrá ser utilizado para completar los contenidos mínimos requeridos por el Sistema de Transformación Digital. Para aquellas instituciones que generarán nuevas iniciativas, desarrollar estos contenidos mínimos servirá para preparar el proceso de Evaltic, y viceversa.
Contenidos generales del Plan de Transformación Digital |
||
---|---|---|
Contenido |
Descripción |
|
Objetivo general (contenido mínimo) |
El objetivo general del Plan de Transformación Digital define claramente qué se espera lograr con la implementación de las diversas iniciativas de transformación digital, en su conjunto, en el horizonte de trabajo definido previamente (3 años o más). |
|
Descripción de las principales brechas detectadas en el diagnóstico (contenido mínimo) |
La descripción de las principales brechas detectadas en el diagnóstico debe incluir los resultados agregados obtenidos de la aplicación de los 3 instrumentos de diagnóstico:
|
|
Contenidos por cada iniciativa de transformación digital |
||
Contenido |
Descripción |
Formulario Evaltic |
Objetivo(s) (contenido mínimo) |
Los objetivos son el "qué", expresan metas e intenciones y la consecución exitosa de ellos aporta un valor claro para la institución y para las partes interesadas. Un ejemplo de objetivo es: “Lograr que el 20% de los actuales servicios web del Estado, que representan al menos el 50% de las transacciones, estén disponibles para los usuarios en una misma plataforma al 2026”. Se recomienda formular los objetivos del proyecto utilizando una de las siguientes metodologías:
|
Sí (Ver “Objetivos”) |
Área responsable de la iniciativa (contenido mínimo) |
Área, Departamento, División u otra dependencia dentro de la institución, responsable de la implementación de la iniciativa, principal interesada en el éxito del proyecto, porque afecta directamente sus funciones, siendo responsable del negocio. |
Sí (Ver “Área responsable” |
Estimación del costo de cada iniciativa, recursos, bienes y servicios necesarios para su implementación (contenido mínimo) |
Se consideran “Recursos” por ejemplo las personas o equipos necesarios para la implementación de la iniciativa. Se consideran “Bienes y servicios”, por ejemplo, los equipos y programas informáticos, materiales para uso o consumo, servicios técnicos y profesionales, entre otros costos necesarios para la implementación de la iniciativa. |
Sí (Ver “Presupuesto”) |
Cronograma de actividades e hitos (contenido mínimo) |
Para monitorear el avance en la implementación de las diversas iniciativas de transformación digital es esencial definir un cronograma de actividades que en conjunto permitan cumplir con el objetivo de la misma (por ejemplo, generar bases de licitación para la provisión de (...) o efectuar una capacitación para el uso de la plataforma (...)). No existe un mínimo o un máximo de iniciativas a definir, siempre y cuando las actividades informadas en el cronograma permitan alcanzar el objetivo propuesto. En complemento, el cronograma deberá definir hitos, es decir acontecimientos, eventos o logros significativos durante el periodo de ejecución, verificables, que sirven de referencia para medir el progreso de la iniciativa (por ejemplo, la adjudicación del servicio (...) o kick off de la consultoría (...)). No existe un mínimo o un máximo de hitos a definir, siempre y cuando éstos permitan medir el progreso de la iniciativa. Se espera que los hitos sean consistentes con los recursos solicitados en el punto anterior y en un futuro puedan verificarse a través de uno o más medios de verificación, en las etapas siguientes del Sistema de Transformación Digital. |
Sí (Ver “Hitos” y “Duración Total en meses”) |
Avance de la iniciativa: Indicadores (contenido mínimo) |
Corresponde a métricas observables que permiten evaluar de forma objetiva progresos y variaciones en ciertas variables (por ejemplo, cantidad de funcionarios capacitados, respecto del total de funcionarios de la institución, o cantidad de documentos enviados de forma electrónica, respecto del total de documentos enviados por la institución). Se deben establecer como mínimo 2 indicadores por iniciativa:
|
No |
Objetivo 1: Elaborar y difundir el Plan de Transformación Digital Institucional | |
Requisito técnico N° 3 |
Medio(s) de verificación |
La institución difunde el plan de transformación digital entre el personal de planta, contrata, honorarios y regido por el Código del Trabajo, de distintas áreas de la institución (con exclusión del personal subcontratado) (Decreto Exento Nº 432 del Ministerio de Hacienda). |
Minuta elaborada por el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, que detalla al menos:
|
Del requisito técnico descrito previamente se desprende que posterior a la aprobación del Plan de Transformación Digital por parte de la Jefatura de Servicio (mediante Resolución o instrumento normativo equivalente), la institución debe difundir el Plan de Transformación Digital.
Para dar cumplimiento a este aspecto, el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital deberá definir la mejor alternativa para efectuar esta difusión, por ejemplo, mediante el envío de un correo electrónico, la publicación en la Intranet Institucional, la realización de una capacitación presencial y/o remota, entre otras alternativas.
Indistintamente del medio de difusión escogido, se debe asegurar que esta difusión abarque al menos al personal de planta, contrata, honorarios y regidos por el Código del Trabajo, según corresponda a cada institución. No existe un mínimo de personas funcionarias entre las cuales se deba difundir el Plan de Transformación Digital, se espera que esta difusión alcance a toda la institución.
La Red de Expertas/os de Gobierno Digital entregará apoyo técnico a las instituciones que comprometen el Sistema de Transformación Digital en los procesos de formulación, implementación y seguimiento de los compromisos del período 2025. Para el correcto funcionamiento del Sistema de Transformación Digital, es condición necesaria e indispensable que las instituciones se ajusten al plan de trabajo dispuesto por esta Red de Expertos/as.
Para poner en marcha la implementación del Sistema de Transformación Digital es necesario comenzar estableciendo contrapartes en las instituciones. Para ello, se dispondrá del siguiente formulario de contrapartes, que se encontrará disponible desde la fecha de publicación de la Guía Metodológica hasta el 20 de enero de 2025. En este formulario, cada institución deberá individualizar:
Durante el año 2025 se efectuarán diversas jornadas de capacitación focalizadas por tema. Éstas se efectuarán en las fechas indicadas a continuación, vía videollamada, y serán dirigidas a diferentes perfiles, según la temática. Todas las capacitaciones se agendarán con al menos una semana de anticipación, quedarán grabadas, y este material de apoyo será compartido a las instituciones. Es condición indispensable para el desarrollo de las capacitaciones que las instituciones hayan informado a sus contrapartes institucionales, según lo descrito previamente.
En esta instancia se presentarán los principios y estándares que busca instalar el Sistema de Transformación Digital, las etapas y objetivos que deberán transitar las instituciones a partir de 2025, con especial énfasis en el Objetivo 1 de la Etapa 1, respecto de la creación del Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital.
En esta instancia se abordará el Objetivo 2 de la Etapa 1, respecto del diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital, específicamente, presentará el instrumento de diagnóstico “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales”, poniéndo énfasis en sus dimensiones, indicadores y preguntas de chequeo, para dar respuesta a este instrumento.
En esta instancia se continuará abordando el Objetivo 2 de la Etapa 1, respecto del diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital, específicamente, se presentará el instrumento de diagnóstico “Marco de Referencia de Gestión de Datos”, poniéndo énfasis en sus dimensiones, criterios y preguntas, para dar respuesta a este instrumento.
En esta instancia se continuará abordando el Objetivo 2 de la Etapa 1, respecto del diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital, específicamente, se presentará el instrumento de diagnóstico “Catálogo de Procedimientos Administrativos y Otras Tramitaciones (CPAT)”, poniéndo énfasis en cómo actualizar e interpretar esta información como un insumo para generar el Plan de Transformación Digital.
En esta instancia se abordará la Etapa 2, respecto de la elaboración y difusión del Plan de Transformación Digital, el que aborda las brechas del diagnóstico institucional requerido en la Etapa 1.
Posteriormente se actualizará este material de apoyo, agregando nuevas fechas de capacitación para el segundo semestre del año.
Para dar cumplimiento a los requisitos técnicos que requieren una opinión técnica de la Red de Gobierno Digital, se establecen los siguientes hitos de retroalimentación. Las instituciones deben considerar que estos hitos de retroalimentación se encuentran encadenados, por tanto, no participar de uno de estos hitos afecta el cumplimiento de los hitos restantes.
Por lo anterior, los hitos descritos a continuación tienen una lógica secuencial, y no participar de alguno de ellos afecta el correcto desarrollo del hito siguiente.
De acuerdo a lo establecido en el requisito técnico N°3 del Objetivo 2 de la Etapa 1, “En la dimensión de calidad web, la institución aplica el instrumento “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales” en el sitio web institucional principal y en el servicio digital más demandado, selección que deberá contar con la opinión técnica favorable de la Red de Expertos/as”.
Para dar cumplimiento a este requisito técnico, es decir aplicar el instrumento “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales”, las instituciones deberán informar previamente a esta Red de Expertos/as el sitio web institucional principal y el servicio digital más demandado. Para efectuar lo anterior, las instituciones deberán utilizar el siguiente formulario, disponible desde el 13 de febrero (posterior capacitación del instrumento “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales”) hasta el 5 de marzo (18:30 horas).
Esta Red de Expertos informará a cada institución, con fecha máxima el 21 de marzo, su opinión técnica sobre la selección del sitio web institucional principal y el servicio digital más demandado, condición que los habilita para aplicar el instrumento previamente citado.
Para las instituciones cuya propuesta no cuente con la opinión técnica favorable de esta Red de Expertos/as, podrán enviar una nueva propuesta entre el 24 y el 28 de marzo.
De acuerdo a lo establecido en el requisito técnico N°1 del Objetivo 2 de la Etapa 1, “La institución realiza un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital, indicadas en los numerales 2, 3 y 4 a continuación, siguiendo los lineamientos provistos por la Red de Expertos/as, de quienes obtiene una opinión técnica sobre la completitud, medio de envío y oportunidad de la información.”
Para dar cumplimiento a este requisito técnico, es decir realizar un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital, que cuenta con la opinión técnica de la Red de Expertos/as sobre la completitud, medio de verificación y oportunidad de la información, las instituciones deberán aplicar los instrumentos de diagnóstico descritos en los requisitos técnicos 2, 3 y 4 del Objetivo 2 de la Etapa 1 antes del 30 de junio.
Específicamente, hasta el 30 de junio, las instituciones deberán enviar a esta Red de Expertos/as los instrumentos de diagnóstico ya aplicados, es decir respondidos de forma íntegra. No se aceptarán instrumentos aplicados de forma parcial, dado que uno de los criterios a los que alude el requisito técnico es “completitud”.
Esta Red de Expertos informará a cada institución, con fecha máxima el 14 de julio, su opinión técnica sobre la completitud, medio de verificación y oportunidad de la información. Esta instancia sólo estará disponible para las instituciones que hayan participado del Hito 1.
Para las instituciones cuya información no cuente con la opinión técnica favorable de esta Red de Expertos/as, se dispondrá un nuevo plazo entre el 15 y el 27 de julio, periodo destinado a que las instituciones envíen nuevamente sus instrumentos de diagnóstico, con sus observaciones subsanadas.
De acuerdo a lo establecido en el requisito técnico N°1 del Objetivo 1 de la Etapa 2, “La institución elabora un Plan de Transformación Digital que aborda las brechas del diagnóstico prioritarias en materia de procedimientos administrativos y otras tramitaciones electrónicas, calidad web, gestión de datos, incorporando el enfoque integrado de gobierno basado en la integración de servicios, según los lineamientos de la Secretaría de Gobierno Digital. El plan deberá contar con la opinión técnica favorable de la Red de Expertos/as en términos de completitud y coherencia, y la aprobación de la Jefatura de Servicio mediante Resolución”.
Para dar cumplimiento a este requisito técnico, es decir contar un Plan de Transformación Digital aprobado por la Jefatura de Servicio, previamente deberá contar con la opinión técnica favorable de esta Red de Expertos/as, respecto de su completitud y coherencia.
Específicamente, entre el 1 y el 3 de octubre las instituciones enviarán a esta Red de Expertos/as su Plan de Transformación Digital. Esta Red de Expertos informará a cada institución, con fecha máxima el 24 de octubre, su opinión técnica favorable o desfavorable. No se aceptarán Planes de Transformación Digital sin los contenidos mínimos especificados en el requisitos técnico, dado que uno de los criterios a los que alude el requisito técnico es “completitud”. Esta instancia sólo estará disponible para las instituciones que hayan participado del Hito 1 y 2.
Para las instituciones cuyo Plan de Transformación Digital no cuente con la opinión técnica favorable de esta Red de Expertos/as, se dispondrá un nuevo plazo entre el 27 de octubre y el 7 de noviembre para que subsanen sus observaciones y envíen nuevamente esta información.
De forma complementaria a los hitos establecidos en el Plan de trabajo 2025, las instituciones podrán solicitar a esta Red de Expertos/as asistencia técnica y acompañamiento utilizando alguna de las alternativas descritas a continuación:
Todas las preguntas y solicitudes se resolverán exclusivamente mediante la mesa de servicios disponible en https://digital.gob.cl/mesadeayuda. Para ello, la institución deberá completar el formulario de ticket según se aprecia en la imagen a continuación, entregando todos los antecedentes necesarios para la resolución de su solicitud.
El tiempo de respuesta es de 3 días hábiles, sin perjuicio de que las consultas de mayor complejidad podrían ser contestadas en un plazo superior, aspecto que será comunicado a la institución en el mismo ticket.
Como producto o plataforma, la institución deberá seleccionar la opción “Sistema de Transformación Digital” y como motivo de consulta alguna de las siguientes alternativas, según corresponda:
En el caso del instrumento Catálogo de Procedimientos Administrativos y Tramitaciones (CPAT), la recomendación es continuar ingresando a través del producto/plataforma CPAT.
Se efectuarán vía videollamada, a solicitud de las instituciones vía ticket de la Mesa de Ayuda SGD, con una duración de 40 minutos aproximadamente. Corresponderá a cada institución generar una minuta con los principales temas abordados y acuerdos de la reunión, la cual deberá ser compartida a la Red de Expertas/os vía correo electrónico.
En todo momento se privilegiará la resolución de consultas vía tickets, reservando las reuniones para consultas que no sean posibles de abordar por otra vía.
En el siguiente cuadro se describe por etapa, objetivo y requisito técnico, los medios de verificación que permiten dar cuenta del cumplimiento de lo requerido en el Decreto Nº432, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Programa Marco de los Programas de Mejoramiento de la Gestión para el año 2025, para el Sistema de Transformación Digital.
Etapa 1 (año 2025) Objetivo 1: Poner en funcionamiento una estructura de gobernanza para la implementación del Sistema de Transformación Digital. |
|
---|---|
Requisito(s) técnico(s) |
Medio(s) de verificación |
La institución deberá conformar una estructura de gobernanza, formalizada mediante resolución de la jefatura de servicio, según corresponda a su caso:
|
Resolución que constituye el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital. Esta Resolución permite verificar los siguientes aspectos:
|
Etapa 1 (año 2025) Objetivo 2: Efectuar un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de transformación digital. |
|
Requisito(s) técnico(s) |
Medio(s) de verificación |
Requisito técnico 1: La institución realiza un diagnóstico institucional de brechas en dimensiones estratégicas de la transformación digital, indicadas en los numerales 2, 3 y 4 siguientes, ajustándose a los lineamientos provistos por la Red de Expertos/as, quienes deberán emitir una opinión técnica sobre la completitud, medio de envío y oportunidad de la información. |
Este requisito técnico deberá presentar 2 medios de verificación:
|
Requisito técnico 2: En la dimensión de procedimientos administrativos y otras tramitaciones electrónicas, la institución aplica el instrumento “Catálogo de Procedimientos Administrativos y otras Tramitaciones (CPAT)”, cuyo objetivo es identificar todos los procedimientos administrativos y otras tramitaciones para caracterizar a sus usuarios, el servicio entregado a las personas, y monitorear el avance al soporte electrónico, el cual considerará:
|
Este requisito técnico deberá presentar 2 medios de verificación:
|
Requisito técnico 3: En la dimensión de calidad web, la institución aplicará el instrumento “Pauta de evaluación de sitios web y servicios digitales” en el sitio web institucional principal y en el servicio digital más demandado, selección que deberá contar con la opinión técnica favorable de la Red de Expertos(as). |
Este requisito técnico deberá presentar 3 medios de verificación:
|
Requisito técnico 4: En la dimensión gestión de datos, la institución aplicará el instrumento “Marco de Referencia de Gestión de Datos del Estado", cuyo objetivo es evaluar las capacidades institucionales para hacer un uso estratégico de los datos. |
Este requisito técnico deberá presentar 2 medios de verificación:
|
Etapa 2 (año 2025) Objetivo 2: Elaborar y difundir el Plan de Transformación Digital Institucional. |
|
Requisito(s) técnico(s) |
Medio(s) de verificación |
Requisito técnico 1: La institución elabora un plan de transformación digital que aborde las brechas del diagnóstico prioritarias en materia de procedimientos administrativos y otras tramitaciones electrónicas, calidad web, gestión de datos, incorporando el enfoque integrado de gobierno basado en la integración de servicios, según los lineamientos de la Secretaría de Gobierno Digital. El plan deberá contar con la opinión técnica favorable de la Red de Expertos/as en términos de completitud y coherencia, y ser aprobado por la jefatura de servicio mediante resolución. |
Este requisito técnico deberá presentar 3 medios de verificación:
|
Requisito técnico 2: El Plan de Transformación Digital se diseñará con un horizonte de trabajo de al menos 3 años, el que deberá actualizarse si corresponde y considerará al menos los siguientes contenidos:
|
|
Requisito técnico 3: La institución difunde el plan de transformación digital entre el personal de planta, contrata, honorarios y regido por el Código del Trabajo, de distintas áreas de la institución (con exclusión del personal subcontratado). |
Minuta elaborada por el Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, que detalla al menos:
|
Etapa y Objetivo |
Requisito técnico |
Fecha(s) |
Descripción de la actividad |
|
Hasta el 20/01 |
Instituciones informan a sus contrapartes institucionales. |
|||
E1 01 |
RT 1 |
28/01 |
Capacitación: Conformación del Comité de Calidad de Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, junto con la revisión del plan de trabajo 2025. |
|
E1 02 |
RT 3 |
12/02 |
||
12/02 al 05/03 |
Instituciones informan el sitio web institucional principal y el servicio digital más demandado, para obtener la opinión técnica de la Red de Gobierno Digital |
|||
21/03 |
Opinión técnica: Red de de Gobierno Digital envía a las instituciones su opinión técnica favorable o desfavorable |
|||
24/03 - 28/03 |
Instituciones con opinión desfavorable envían nueva propuesta |
|||
04/04 |
Opinión técnica: Red de Gobierno Digital envía a las instituciones su opinión técnica. |
|||
21/03 - 30/06 |
Plazo disponible para aplicar el instrumento “Pauta de calidad web” |
|||
E1 02 |
RT 4 |
12/03 |
Capacitación: Instrumento “Marco de referencia gestión de datos” |
|
12/03 - 30/06 |
Plazo disponible para aplicar el instrumento “Marco de referencia gestión de datos” |
|||
E1 02 |
RT 2 |
15/04 |
Capacitación: Instrumento “Catálogo de Procedimientos Administrativos y otras Tramitaciones (CPAT)” |
|
05/05 - 30/05 |
Plazo disponible para actualizar el instrumento “CPAT” |
|||
E1 02 |
RT 1 |
30/06 |
Plazo máximo para envíar el diagnóstico institucional a la Red de Gobierno Digital, para obtener su opinión técnica |
|
14/07 |
Opinión técnica: Red de Gobierno Digital envía su opinión técnica a las instituciones, sobre la completitud, medio de envío y oportunidad de la información. |
|||
15/07 - 25/07 |
Instituciones con opinión desfavorable corrigen su diagnóstico institucional y envían nuevamente su propuesta. |
|||
28/07 - 01/08 |
Opinión técnica: Red de Gobierno Digital envía su opinión técnica a las instituciones, sobre la completitud, medio de envío y oportunidad de la información. |
|||
E2 01 |
RT 1, 2 y 3 |
03/07 |
Capacitación: Elaboración del Plan de Transformación Digital |
|
RT 1 |
01/10 - 03/10 |
Instituciones envían su Plan de Transformación Digital a la Red de Gobierno Digital, para obtener su opinión técnica. |
||
24/10 |
Opinión técnica: Red de Gobierno Digital envía su opinión técnica a las instituciones sobre la completitud y coherencia |
|||
27/10 - 07/11 |
Instituciones con opinión técnica desfavorable corrigen su plan de Transformación Digital y envían nuevamente su propuesta. |
|||
21/11 |
Opinión técnica: Red de gobierno Digital envía su opinión técnica. |
|||
E1 y E2 |
15/12 - 31/12 |
Reporte en plataforma |
El Registro de Información Social es administrado por la Subsecretaría de Evaluación Social (SES) del Ministerio de Desarrollo Social y Familia (MDSF) y fue creado por la ley N° 19.949. Debe contener, entre otros, los datos de las familias e individuos que sean beneficiarios de prestaciones y programas públicos, y, por otro, de los beneficios obtenidos, de acuerdo con la información que disponga el Ministerio y de la que, a su requerimiento, le deberán proporcionar las demás entidades públicas y las que administren prestaciones creadas por ley.
La atribución para solicitar estos datos también se reitera en el artículo 3, letra s) de la ley N° 20.530, donde se señala que el Ministerio podrá “solicitar a los demás ministerios, servicios o entidades públicas la entrega de la información disponible y que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia requiera para el cumplimiento de sus funciones. Los ministerios, servicios o entidades públicas deberán proporcionar esta información oportunamente.”
Los registros integrados de beneficiarios son una herramienta que ayuda a la planificación, coordinación y seguimiento de todo el sistema de protección social, contribuyendo a generar procesos eficientes y a la entrega de mejores servicios a las personas por parte del Estado, lineamiento que se alinea con el objetivo del Sistema de Transformación Digital.
En la siguiente nómina se individualizan las instituciones que, de acuerdo a la información provista por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, entregan programas sociales, por tanto deben incorporar en su Plan de Transformación Digital iniciativas que permitan dar cumplimiento al mandato establecido en la Ley N° 20.530.