La Plataforma de Notificaciones Electrónicas del Estado es el canal oficial que permite a los Órganos de la Administración del Estado (OAE) enviar notificaciones electrónicas a las personas a su CasillaÚnica (https://casillaunica.gob.cl/) . Su objetivo es optimizar la comunicación entre las instituciones públicas y los ciudadanos, asegurando que los procedimientos administrativos sean más eficientes y accesibles. Este manual está orientado a guiar a los OAE en el proceso de marcha blanca de la implementación de la plataforma.
Esta guía está dirigida a los funcionarios de los OAE encargados de la implementación de la Ley de Transformación Digital y los Coordinadores de Transformación Digital.
La transformación digital del Estado permite a las instituciones públicas enfocarse en las necesidades ciudadanas, al rediseñar la entrega de servicios del Estado a través de soluciones tecnológicas, datos e innovación para hacerlos más accesibles y eficientes. La Ley de Transformación Digital obliga a que todos los procedimientos administrativos sean electrónicos para el año 2027, así mejorar la seguridad, rapidez y transparencia en el acceso a los servicios.
Un componente clave es la Plataforma de Notificaciones Electrónicas, que permite a los organismos públicos notificar a los ciudadanos mediante su CasillaÚnica. Esta integración será obligatoria para todos los Órganos de la Administración del Estado, asegurando notificaciones electrónicas seguras y eficientes.
Es la plataforma electrónica y centralizada, a través de la cual se enviarán las notificaciones electrónicas de los órganos de la Administración del Estado en los procedimientos administrativos que requieran de ella.
La Ley sobre Transformación Digital del Estado establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos para procedimientos administrativos, a excepción de los casos que la ley excluya.
Para dar cumplimiento a la Ley de Transformación Digital, el Decreto con Fuerza de Ley Nº1 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y la Ley N°21.464, establece tres grupos de implementación, conformados por las instituciones que se indican a continuación:
Considerando la diversidad y heterogeneidad de instituciones afectas a la ley, los Órganos de la Administración del Estado deberán implementar los cambios exigidos en base a fases de implementación, según el siguiente cronograma:
En este contexto, la fase de Notificaciones electrónicas, tiene como objetivo que las instituciones notifiquen sus procedimientos administrativos a la ciudadanía por medios electrónicos en base a la información contenida en un registro único.
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Recursos relacionados ✦ Resumen sobre la Ley de Transformación Digital del Estado |
Para utilizar cualquier plataforma o servicio compartido de Gobierno Digital, es importante que las instituciones tengan designado a su Coordinador de Transformación Digital, quién es el encargado de las comunicaciones con nuestra institución.
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¿Qué hago si mi institución aún no ha designado un Coordinador/a de Transformación Digital? En el caso que no hayan designado un Coordinador/a de Transformación Digital, desde su institución deben: |
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Filtros a aplicar en el CPAT:
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Pregunta |
Respuesta |
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Estado registro |
Completado |
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Tipo de usuario(a) |
Ambos tipos de personas: Persona natural y jurídica |
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Persona natural: Todo individuo de la especie humana, cualquiera sea su sexo, edad, raza o condición social |
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Nivel de digitalización |
Para marcha blanca, recomendamos que el nivel de digitalización sea nivel 3. |
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Firma electrónica Avanzada* |
Utiliza firma electrónica avanzada provista por un externo |
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Utiliza firma electrónica avanzada del Estado (FirmaGob) |
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Utiliza ambos tipos de firma (FirmaGob y provista por un externo) |
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Notificación(es) practicada(s) |
Sí |
*Aplique este criterio sólo si la notificación contempla documentos adjuntos firmados electrónicamente. Si no existen documentos firmados en la notificación, omita este criterio en el análisis.
Una vez que completaste los pasos anteriores, es decir que se han identificado los procedimientos a notificar, ya puedes iniciar la integración a la plataforma.
La plataforma contempla dos medios de envío de notificaciones: vía web y vía API. En ambos casos la institución debe elegir al menos un administrador institucional, configurar la plataforma y realizar pruebas en el ambiente demo.
✦ Paso a paso
| Vía web | Vía API |
| ✦ Habilitar OAE | ✦ Habilitar OAE y entregar credenciales para integración vía API-Certificación y nodo PISEE |
5. Si existen observaciones por parte de la SGD a las actividades realizadas en el ambiente demo, la institución debe realizar las correcciones indicadas.
6. La Secretaría de Gobierno Digital habilita a la institución en producción
7. La institución ya está lista para preparar el entorno de notificación, esto quiere decir que ya pueden comenzar a preparar sus notificaciones para ser enviadas a la ciudadanía.
Las siguientes son consideraciones que se deben tener en cuenta para el uso de las notificaciones dentro de la plataforma:
Para inscribirte en las capacitaciones de la Plataforma de Notificaciones, puedes hacerlo en Cerofilas Gobierno Digital.
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Explora más recursos de interés para el uso de la Plataforma de Notificaciones del Estado |